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Norma reguladora del precio público por la prestación del servicio de préstamo de bicicletas (BICITO).

(05/03/2009) imprimir


Que la Junta de Gobierno Local en sesión Ordinaria celebrada el día veintitrés

de diciembre de dos mil ocho, aprobó la siguiente:

Norma reguladora del precio público por la prestación del servicio de

préstamo de bicicletas (Bicito)

Artículo 1.- Objeto.

Constituye el objeto de este precio público la prestación del Servicio de

Préstamo de Bicicletas (Bicito) de titularidad municipal.

Artículo 2.- Obligados al pago.

Vendrán obligados al pago del precio público toda persona que realice el alta

correspondiente según requerimientos recogidos en el Reglamento.

Artículo 3.- Cuantía.

La cuota se exigirá con arreglo a la siguiente tarifa:

Cuota de utilización de bicicletas: Por usuario al año: 20,00 €

Cuota de utilización de tarjeta: Por usuario y unidad: 5,00 €

Artículo 6.- Baja.

La baja, voluntaria o forzada, en la aplicación de la cuota y utilización del

servicio se atendrá a lo regulado en el Reglamento del servicio de préstamo de

bicicletas.

Artículo 8.- Vigencia.

La presente norma reguladora entrará en vigor al día siguiente al de su

publicación en el BORM, permaneciendo vigente mientras no se produzca su

modificación o derogación expresas.

Totana a 3 de febrero de 2009.—El Alcalde, José Martínez Andreo.

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