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Ya se pueden consultar las bases para las subvenciones a clubes y asociaciones deportivas federadas en la temporada 2022/23

(23/9/2022) imprimir

La Concejalía de Deportes informa que ya se pueden consultar en el Tablón de Anuncios de la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Totana las bases para las subvenciones por procedimiento de concurrencia competitiva a clubes y asociaciones deportivas que participen en competición federada en la temporada 2022/23, con un importe de  40.000 euros para poder participar en esta convocatoria se establecen los siguientes requisitos:

1.- Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los clubes y asociaciones deportivas de Totana que hayan participado al menos en competición federada en la temporada 2021/2022, o en el año natural 2021, y que continúen en competición federada en la temporada 2022/2023 o en el año 2022, y que cumplan los siguientes requisitos:

a). Los clubes y asociaciones deportivas que quieran concurrir a esta subvención deberán tener sede en Totana, estar legalmente constituidos y presentar el certificado expedido por la Dirección General de Deportes con la junta directiva debidamente actualizada.

b). Estar inscritos en el registro oficial de clubes deportivos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al menos desde el 1 de agosto de 2021 y adjuntar certificado de inscripción, así como fotocopia del CIF.

c). Estar inscritos en el registro oficial de asociaciones del Ayuntamiento de Totana, al menos desde el 1 de agosto de 2021 y presentar certificado de dicha inscripción.

d). Presentar Certificación de la federación deportiva correspondiente que acredite que el club / asociación deportiva va a participar en competiciones federadas en la Temporada Deportiva 2022/2023 o año 2022, indicando las categorías, equipos y/o número de deportistas.  

e). Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública del Ayuntamiento de Totana.

f). No estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.

Por otra parte, también se han publicado en el Tablón de dicha sede las BASES REGULADORAS para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a clubes Y  asociaciones deportivas QUE ORGANICEN EVENTOS DEPORTIVOS, LIGAS LOCALES, ESCUELAS DEPORTIVAS NO FEDERADAS para la temporada 2022/2023 Y DEPORTISTAS DESTACADOS AÑO 2022.

En este caso, el importe de la subvención también asciende a 40.000 € y los requisitos para poder participar de esta convocatoria son:

I). Clubes / Asociaciones Deportivas que organicen eventos deportivos, ligas, competiciones locales, y/o escuelas deportivas “no federadas”.

1.- Podrán ser beneficiarios de esta convocatoria los clubes y asociaciones deportivas de Totana que hayan permanecido activos en la temporada 2021/2022, o en el año natural 2021, y que continúen funcionando y organizando actividades en la temporada 2022/2023 o en el año 2022, y que cumplan los siguientes requisitos:

a).Los clubes y asociaciones deportivas que quieran concurrir a esta subvención deberán tener sede en Totana, estar legalmente constituidos y presentar el certificado expedido por la Dirección General de Deportes con la junta directiva debidamente actualizada.

b). Estar inscritos en el registro oficial de clubes deportivos de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia al menos desde el 1 de agosto de 2021 y adjuntar certificado de inscripción, así como fotocopia del CIF.

c). Estar inscritos en el registro oficial de asociaciones del Ayuntamiento de Totana, al menos desde el 1 de agosto de 2021 y presentar certificado de dicha inscripción.

d). Presentar Certificación del secretario del Club que acredite que el club / asociación deportiva va a organizar eventos, ligas locales o escuela deportiva en la Temporada Deportiva 2022/2023 o año 2022, indicando las categorías, equipos y/o número de deportistas.

e). Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social; así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración Pública del Ayuntamiento de Totana.

f). No estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.

g). Disponer de libro contable, registros y, en general, de los documentos exigidos en la normativa deportiva, fiscal y asociativa aplicable y poner a disposición de la Concejalía de Deportes del Ayuntamiento de Totana, cuando sea necesario, la documentación justificativa para la verificación de cumplimento de los requisitos establecidos en la presente convocatoria.

h). Tener una estructura de técnicos deportivos para el desarrollo de las actividades del Club, con titulación adecuada a la normativa vigente, tramitada por la Federación Deportiva correspondiente. El Club Deportivo deberá presentar el certificado de delitos de naturaleza sexual de todo su personal técnico.

i). Estar en posesión de un Seguro de Responsabilidad Civil, y presentar  recibo con el pago del mismo justificando que la temporada objeto de la subvención está cubierta.

j). Estar en posesión de un Seguro de Accidentes que permita el desarrollo y organización de un evento, escuela deportiva, campeonato o actividad de índole similar, y presentar el recibo con el pago del mismo justificando que dicha actividad está cubierta.

k). Para concurrir a la presente convocatoria será necesario que el solicitante esté en posesión del certificado digital y presentar la solicitud firmada por el presidente del club deportivo, y dirigida a la Concejalía de

Deportes, en la Sede electrónica de la Administración Pública del Ayuntamiento de Totana(https://totana.sedelectronica.es)de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

II). Deportistas Destacados:

Podrán solicitar las ayudas aquellos deportistas que hayan realizado una temporada brillante y que se encuentren entre los tres primeros del ranking regional en su categoría en el momento de la solicitud, aquellos que hayan participado en las Fases Finales de los Campeonatos de España oficiales, organizados por las respectivas Federaciones Nacionales, y los deportistas participantes en Competiciones Internacionales representando a la Selección Nacional.

a). Deberán estar empadronados en el término municipal de Totana en el periodo objeto de esta convocatoria con una antigüedad mínima de un año con respecto a la fecha de publicación en el BORM de estas bases.

b). Haber nacido en el 2008 o anteriores.

c).Presentar copia de la licencia de deportista en vigor, según corresponda, por una federación deportiva de la Región de Murcia, en el momento de la Solicitud.

d). Presentar certificado federativo que acredite que el deportista ha tenido licencia federativa tanto en la temporada anterior como en la presente objeto de esta convocatoria.

e). Presentar Certificado Federativo que acredite los resultados obtenidos en el año 2022.

f). No estar incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de Noviembre, General de Subvenciones.

g).  Estar al corriente de las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de

Totana en el momento de solicitar esta ayuda.

h). Estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria

y la Seguridad Social.

i). Los deportistas que de forma individual opten a esta convocatoria, no podrán pertenecer a un club o asociación deportiva que haya solicitado ayuda económica dentro de la misma convocatoria.

Para poder concurrir a cualquiera de las convocatorias, una vez se publiquen en el boletín oficial de la Región de Murcia, será necesario que el solicitante esté en posesión del certificado digital y presentar la solicitud  firmada por el presidente del club deportivo, y dirigida a la Concejalía de Deportes, en la Sede electrónica de la Administración Pública del Ayuntamiento de Totana (https://totana.sedelectronica.es)de acuerdo con lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así mismo todos los anexos deben de ir firmados electrónicamente.

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Fotos: totana.es

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