Ayuntamiento de Totana

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Resolución de la Alcaldía n.º 3128/08, de fecha 18/09/2008, de rectificación de ficheros automatizados y creación de otros nuevos.

(04/02/2009) imprimir


Visto que mediante Resolución de Alcaldía n.º 421/08, de fecha 13.02.2008, publicada en el BORM de fecha 17.03.2008,

se aprobó la creación de ficheros automatizados de este Ayuntamiento.

Visto que con fecha 20.06.2008 se remitieron a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) las solicitudes

para la inscripción de los distintos ficheros que contenía la citada Resolución.

Visto que la mencionada Agencia, mediante escrito n.r.e. 13814/08, de fecha 03/09/2008, comunica que en virtud de

Resoluciones del Sr. Director de la AEPD, de fecha 20/08/2008, ha procedido a la inscripción en el Registro General de Protección

de Datos, de los 18 ficheros remitidos en su día.

Visto que en el mismo escrito la Agencia recomienda la rectificación puntual de algunos datos relativos a los ficheros

inscritos.

Vista la necesidad de crear tres nuevos ficheros, es preceptiva su publicación e inscripción, de conformidad con lo establecido

en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 diciembre.

En uso de las facultades que me confieren los arts. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; 24 del R.D.L. 781/86, de 18 de

abril y 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales,

Resuelvo:

Primero.- Rectificar la Resolución de Alcaldía 421/08,

de 13.02.2008, en los siguientes términos:

Fichero de base de datos de ofertas formativas.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que

las destinadas a las Administraciones Públicas competentes”,

debe decir: e) No se prevén otras cesiones que

las destinadas a la Consejería de Trabajo y Empleo de

la CARM.

Fichero de expedientes de servicios sociales.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de tarjetas de aparcamiento discapacidad.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de usuarios de teleasistencia.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de expedientes sociales cerrados.

En el apartado e) de la descripción del citado

fichero, donde dice “e) No se prevén otras cesiones

que las destinadas a las Administraciones Públicas

competentes”, debe decir: e) No se prevén otras cesiones

que las destinadas a la Consejería de Política

Social y al Organismo Autónomo Instituto Murciano de

Acción Social.

Fichero de cuotas del servicio de ayuda a domicilio

En el apartado e) de la descripción del citado

fichero, donde dice “e) No se prevén otras cesiones

que las destinadas a las Administraciones Públicas

competentes”, debe decir: e) No se prevén otras cesiones

que las destinadas a la Consejería de Política

Social y al Organismo Autónomo Instituto Murciano de

Acción Social.

Fichero de la revisión anual de pensiones PNL, LISMI

y FAS.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de termalismo social, vacaciones, IMSERSO.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de expedientes psicológicos.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de los servicios jurídicos del centro de servicios

sociales.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero del registro de actuaciones a inmigrantes.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de fichas sociales.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de usuarios del centro ocupacional “José

Moyá”.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Consejería de Política Social y al Organismo Autónomo

Instituto Murciano de Acción Social.

Fichero de usuarios del servicio de recogida de basura.

En el apartado e) de la descripción del citado fichero,

donde dice “e) No se prevén otras cesiones que las destinadas

a las Administraciones Públicas competentes”, debe

decir: e) No se prevén otras cesiones que las destinadas a

la Administración Tributaria y Seguridad Social.

Segundo.- Añadir a la Resolución 421/08, de

13.02.2008, un nuevo artículo con el siguiente texto:

Artículo 7. Anular los anteriores acuerdos relativos

a creación e inscripción de ficheros automatizados que

contradigan lo expuesto en la presente Resolución.

Tercero.- Aprobar la creación del siguiente fichero,

con las características que se especifican:

Fichero: Carné para discapacitados

Finalidad: Registro de los datos personales para expedición

los carnés a personas con discapacidad del municipio.

Datos y procedimiento de recogida: Se obtendrán de

los propios interesados, su representante legal, registros

públicos y otras administraciones públicas.

Estructura básica: Los datos consignados serán:

Nombre y apellidos, NIF, Dirección, Teléfono.

Cesiones: No se prevén otras cesiones de datos que

las destinadas a la Consejería de Política Social y al Organismo

Autónomo Instituto Murciano de Acción Social.

Responsable del fichero: El Ayuntamiento de Totana.

Accesos: El derecho de acceso, rectificación, cancelación

y oposición podrá ejercerse ante el Sr. Alcalde-Presidente

del Ayuntamiento de Totana, Negociado de Bienestar

Social.

Nivel de seguridad: Alto.

Cuarto.- Aprobar la creación del siguiente fichero,

con las características que se especifican:

Fichero: Usuarios del servicio de préstamo de bicicletas

Finalidad: Registro de datos personales de los usuarios

y/o representantes legales (en el caso de menores de

edad) para la utilización del servicio de préstamo de bicicletas.

Datos y procedimiento de recogida: Se obtendrán de

los propios interesados y/o su representante legal.

Estructura básica: Los datos consignados serán:

Nombre y apellidos, NIF, Dirección, Teléfono, fecha nacimiento,

n.º cuenta bancaria.

Cesiones: No se prevén otras cesiones de datos que

las destinadas a la gestión tributaria municipal.

Responsable del fichero: El Ayuntamiento de Totana.

Accesos: El derecho de acceso, rectificación, cancelación

y oposición podrá ejercerse ante el Sr. Alcalde-Presidente

del Ayuntamiento de Totana.

Nivel de seguridad: Alto.

Quinto.- Aprobar la creación del siguiente fichero,

con las características que se especifican:

Fichero: Usuarios del Servicio Municipal de Inserción

Sociolaboral para personas en riesgo de exclusión social.

Finalidad: Registro de los datos personales, laborales,

sociales y familiares para la inserción sociolaboral de

la persona usuaria del servicio.

Datos y procedimiento de recogida: Se obtendrán de

los propios interesados, su representante legal, registros

públicos y otras administraciones públicas.

Estructura básica: Los datos consignados serán:

Nombre y apellidos, NIF, dirección, teléfono, situación personal,

formación académica.

Cesiones: No se prevén otras cesiones de datos que

las destinadas a la Consejería de Política Social y al Organismo

Autónomo Instituto Murciano de Acción Social.

Responsable del fichero: El Ayuntamiento de Totana.

Accesos: El derecho de acceso, rectificación, cancelación

y oposición podrá ejercerse ante el Sr. Alcalde-Presidente

del Ayuntamiento de Totana, Negociado de Bienestar

Social.

Nivel de seguridad: Alto.

Sexto.- Publicar la presente Resolución en el Boletín

Oficial de la Región de Murcia, y remitir copia de la misma

a la Agencia Española de Protección de Datos.

Contra esta Resolución y contra los actos derivados

de la misma cabe interponer recurso de reposi¬ción, ante

el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes

a partir del día siguiente al de la publicación en el B.O.R.M.

o bien interponer directamente recurso con¬tencioso-administrativo

ante el Juzgado de lo Contencio¬so-Administrativo

de Murcia, en el plazo de dos meses a contar desde

el día siguiente al de la publicación, todo ello sin perjuicio

de utilizar cualquier otro recurso o acción que se estime

pertinente.

Totana, 18 septiembre 2008.—El Alcalde-Presidente,

José Martínez Andreo.

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El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.

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