Con fecha 31 de julio de 2015, el Sr. Alcalde-Presidente dictó Resolución n.º 2.621, que en su parte dispositiva dice lo siguiente:
Primero.- Efectuar, conforme lo dispuesto en el artículo 21,1 y 21,3 LRBRL, las siguientes delegaciones de atribuciones correspondientes a la Alcaldía a favor de la Junta de Gobierno Local:
La aprobación de acuerdos, pactos o convenios y la terminación convencional de los procedimientos a los que hace referencia el artículo 88 LRBRL.
Las transmisiones de derecho de cobro.
El reconocimiento de obligaciones de pago cuando por su importe sean competencia de Alcaldía.
El reconocimiento de bonificaciones del IBI previstas en el artículo 11,4 de la Ordenanza Municipal Reguladora del Impuesto de Bienes Inmuebles.
Aprobar las liquidaciones por utilización privativa o aprovechamiento constituido en el suelo, vuelo o subsuelo de las vías públicas municipales de Totana.
Segundo.- Mantener la vigencia de la Resolución de Alcaldía n.º 2318/2015, de 1 de julio de delegación de competencias del Alcalde en la Junta de Gobierno Local en todas sus determinaciones.
Tercero.- Las Delegaciones de Competencias efectuadas se entenderán sin perjuicio de su posible avocación singular por el órgano delegante.
Cuarto.- Remitir la presente Resolución al Boletín Oficial de la Región de Murcia para su publicación en el mismo, igualmente publicar la Resolución en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, sin perjuicio de su inmediata ejecutividad.
Totana, 5 de septiembre de 2016.—El Alcalde-Presidente, Juan José Cánovas Cánovas
El Ayuntamiento de Totana se encuentra acogido al “Programa de ayuda a las policías locales de los municipios de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 2021-2025”.