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14249 Notificación tributaria. BORM Nº 179 DEL 5 DE AGOSTO DEL 2010

(05/08/2010) imprimir


14249Notificación tributaria.

Intentada por dos veces la notificación expresa a cada uno de los sujetos pasivos, contribuyentes o interesados en general, de los actos administrativos, de trámite o definitivos, que abajo se relacionan, y no habiendo sido posible llevar a cabo la misma; de conformidad con lo establecido en el artículo 112 de la Ley 58/2003, General Tributaria por medio del presente anuncio se cita a los mismos para que, en el plazo de quince dias naturales contados desde el día siguiente al de la Publicación de este Anuncio en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, comparezcan por sí o por representante con poder bastante en:

Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario de Totana, sita en Cl. Virgen del Pilar, n.º 12, Totana, a fin de ser notificados de forma expresa y por comparecencia en horario de nueve a catorce horas y de lunes a viernes.

Se advierte expresamente que transcurrido el plazo de quince días naturales desde la publicación de este Anuncio en el boletín Oficial, sin que se hubiese producido la comparecencia para ser notificados, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales, desde el día siguiente al del vencimiento del plazo señalado para comparecer.

OrdenExpedienteApellidos y nombre o denominación del interesadoNIFActo administrativo que se notificaNaturaleza del acto que se notifica

001IEA 130287 2009 000029DIAZ MUÑOZ ANDRES23203724JAcuerdo de suspensiónActo de mero trámite

002IEA 130287 2009 000029DIAZ MUÑOZ ANDRES23203724JEmisión resolución. Notificación falloActo definitivo

ADVERTENCIA E INFORMACION ADICIONAL SEGÚN LA NATURALEZA DEL ACTO.

Efectos legales en caso de no notificación expresa. Según la naturaleza de los actos que se intentan notificar, los efectos legales en el caso de que transcurran los 15 días para comparecer a ser notificado sin hacerlo serán los que se indican genéricamente a continuación. En cada caso, la notificación expresa al interesado incluye de forma concreta los efectos, plazos, recursos y demás actuaciones que corresponden a los interesados en defensa de sus respectivos derechos. Por ello, y teniendo en cuenta que el objeto de este anuncio es exclusivamente requerir para que comparezcan a ser notificados, se recogen genéricamente las consecuencias que en cada supuesto pueda tener la no comparecencia a ser notificados.

ACTOS TRIBUTARIOS.- Actos de gestión tributaria, de recaudación y otros actos tributarios. Si el acto que se intenta notificar constituye:

a. Acto de mero trámite.- Si es un procedimiento iniciado a instancia del interesado, los efectos son la pérdida del derecho al trámite o la declaración de caducidad del expediente por causas imputables al interesado. Si el procedimiento se inició de oficio, el procedimiento continuará con los datos y documentos de que disponga la Administración. Los actos de trámite NO SON SUSCEPTIBLES DE RECURSOS.

b. Actos definitivos (ponen fin al procedimiento). En estos casos el acto puede devenir firme por el transcurso de los plazos para recurrir. Los recursos que proceden contra estos actos definitivos son:

- Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que publica el anuncio o reclamación económico administrativa ante el Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia, en el plazo de 1 mes a contar desde el siguiente a aquel en que se cumplan los quince días naturales para comparecer a ser notificado. No pueden simultanearse ambos recursos y reclamación.

- Si el acto contiene una liquidación complementaria con comprobación de valores o se trata de un acto de fijación de bases imponibles por comprobación de valores declarados, además de los recursos anteriores, el interesado tiene derecho a interponer o reservarse el derecho a promover la tasación pericial contradictoria en el mismo plazo de 1 mes, contados de igual forma que la descrita para el recurso o reclamación.

En Totana, 28 de junio de 2010.

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